


Prevención y detección de delitos Ley 20.393, acoso y fraude.
Un operador de Resguarda tomará su llamado y lo guiará en el desarrollo de su denuncia. Al finalizar se le proporcionará un nro. de reporte y una clave para poder hacer un seguimiento.
Incurre en esta conducta la persona que da u ofrece a un funcionario público algún beneficio o ventaja económica en provecho de éste o de un tercero, para que realice acciones propias de su cargo de una determinada manera o bien que omita realizarlas. Se trata de conductas que buscan influenciar indebidamente el actuar del funcionario público a través de un ofrecimiento al funcionario o una solicitud de éste de cualquier beneficio económico, directo o indirecto. Es considerado funcionario público no solo a quien trabaja como dependiente de algún organismo público sino también quien, no siendo dependiente del Estado, ejerce una función pública. Por ejemplo empresas certificadoras, notarios, etc. Por ejemplo, el pago realizado o la promesa de pago a un fiscalizador municipal para evitar un informe negativo, la aplicación de sanciones o multas.• Cohecho o soborno a funcionario público nacional o extranjero
Incurre en esta conducta la persona que tenga en su poder, transporte, compre, venda, transforme o comercialice en cualquier forma, especies hurtadas, robadas u objeto de abigeato, de receptación o de apropiación indebida.
Incurre en esta conducta la persona que ejecuta cualquier acto tendiente a ocultar o disimular el origen ilícito de determinados bienes, sabiendo que provienen de la perpetración de delitos relacionados con el tráfico ilícito de drogas, terrorismo, tráfico de armas, promoción de prostitución infantil, secuestro, cohecho y otros. Por ejemplo adquirir bienes de un proveedor que se sabe que realiza actividades ilícitas como las descritas y que enmascara sus ingresos de esa manera, aprovechando que ofrece un mejor precio por los bienes adquiridos.
Incurre en esta conducta la persona que, por cualquier medio, solicite, recaude o provea fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de actividades terroristas. Por ejemplo comprar bienes o contratar los servicios de un proveedor que es sabido que paralelamente realiza actividades terroristas y que las financia a través de la venta de los bienes o provisión de los servicios que se le contratan.
Conductas que constituyan agresión u hostigamiento reiterados, realizadas por la jefatura directa o superior, o por uno o más trabajadores en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, y que tengan como resultado el menoscabo, maltrato o humillación de el o los afectados, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
Requerimientos o manifestaciones de carácter sexual no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral u oportunidades en el empleo.
Pago indebido a proveedores, inclusión de personas a nóminas de pago de remuneraciones, recepción de coimas de proveedores, robo de mercancías, bienes o valores, gastos y compras sin autorización, etc.