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REPORTE DE
EMPLEADOS
Ley N°27.401
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas:
 Cohecho y tráfico de influencias, nacional y transnacional, previstos por los artículos 258 y 258 bis del Código Penal;
 Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, previstas por el artículo 265 del Código Penal;
  Concusión, prevista por el artículo 268 del Código Penal;
  Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, previsto por los artículos 268 (1) y (2) del Código Penal;
  Balances e informes falsos agravados, previsto por el artículo 300 bis del Código Penal;
  Otras irrregularidades vinculadas a la Ley 27.401;
  Integridad y valores.