Chile




De acuerdo a lo que establece la ley N°21.643, sobre acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo le informamos lo siguiente :

1) La denuncia puede ser ante su empleador o en la Dirección del Trabajo.
2) La empresa podrá investigar su denuncia o derivarla a la Dirección del Trabajo.
3) Recordamos que hechos que puedan ser constitutivos de delitos penales, deben ser reportados a los canales del Ministerio Público, Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones de Chile.

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Seguimiento


Canales de Reporte Alternativos

Prevención, control y detección de irregularidades dentro del ámbito laboral.

E-Chat +56 2 27121737
Chile: 800 835 133

Horario de atención de 8 a 22 hs.

Op.1 Operador I Op.2 Mensaje grabado

Un operador de RESGUARDA tomará su llamado y lo guiará en el desarrollo de su denuncia. Al finalizar se le proporcionará un código de denúncia para poder hacer un seguimiento.